La financiación del proyecto ascenderá a un importe de hasta 100.000 euros, el desembolso de la cuantía económica se desarrollará de acuerdo con lo establecido en la memoria del proyecto aprobado.
Si el importe de la financiación fuese menor que el importe solicitado, el investigador principal estará obligado a reajustar la memoria económica a dicho importe.
Las cantidades asignadas se ingresarán en la entidad bancaria que designe la organización de investigación.
El plazo para la realización del proyecto se iniciará a partir de la fecha del ingreso de la primera anualidad, comprometiéndose el investigador principal a proseguirlo ininterrumpidamente hasta su finalización, sin que ningún compromiso anterior o futuro pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases.
El investigador principal se compromete a ejecutar los trabajos de investigación conforme a la memoria científica y económica de su proyecto y en las condiciones estipuladas en las presentes bases, sin cambio en los presupuestos, líneas de estudio o miembros del equipo investigador.
El equipo investigador deberá enviar semestralmente, en el supuesto de que la duración del proyecto sea de un año, o anualmente, en el supuesto de que la duración del proyecto sea de dos años, una memoria en la que conste la situación de los trabajos de la investigación aprobada, así como la justificación de los gastos realizados sobre las cantidades presupuestadas.
Al terminar el proyecto se emitirá una memoria final en el plazo de 30 días en la que se destaquen fundamentalmente los logros de la investigación y sus implicaciones para la mejora de los tratamientos médicos.