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DEFINICIÓN Y OBJETIVO:


Fundación hna, entidad sin ánimo de lucro promovida por Grupo hna, tiene entre sus fines la promoción de las profesiones de la Arquitectura, la Arquitectura Técnica y la Química, con especial énfasis en los y las futuros/as profesionales, tal como viene establecido en sus estatutos. Por ello, convoca la V edición de sus “becas Fundación hna para la finalización de estudios”, dotadas con 30.000 euros, cuyo objetivo es ayudar económicamente a estudiantes de estas carreras en la última etapa de su formación.

Se dirigen a estudiantes que forman parte del programa CONECTA by hna y se encuentren cursando el máster habilitante en Arquitectura, o el último año de Arquitectura Técnica. Asimismo, la presente convocatoria se extiende al alumnado de último curso de Grados fundamentados en la Química, con las características detalladas en las presentes bases.

Estas ayudas buscan también enriquecer el colectivo ejerciente de estas profesiones, promoviendo la diversidad del alumnado y, por ello, reservan presupuesto específico a estudiantes con discapacidad.


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BASES DE LA CONVOCATORIA


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REQUISITOS

1 - REQUISITOS GENERALES

1.1 Poseer nacionalidad española o permiso de residencia en España.
1.2 Haberse matriculado, durante el curso 2024 - 2025, o 2025 - 2026 en el caso de periodo de matrícula anterior al cierre de la presente convocatoria, en alguno de los estudios universitarios que se relacionan en el apartado 2 de la presente base en cualquier universidad pública o privada ubicada en España, y encontrarse efectivamente cursando esos estudios en el momento de solicitar la ayuda.
1.3 No haber cumplido 32 años de edad en el último día del plazo de solicitud de la presente convocatoria.
1.4 Tener una renta familiar en el último ejercicio fiscal inferior o igual a la especificada en el umbral definido en el anexo de la presente convocatoria.
1.5 No haber obtenido una beca de Fundación hna en ediciones anteriores para los mismos estudios para los que se solicita la beca en esta ocasión.

2 - REQUISITOS ESPECÍFICOS

2.1. Para concurrir a la categoría de Arquitectura:

a. Formar parte del programa CONECTA by hna.
b. Haberse matriculado y estar efectivamente cursando el Máster habilitante en Arquitectura.
c. En el caso de optar a una beca para estudiantes con discapacidad, la persona candidata debe presentar un grado de discapacidad reconocido oficialmente mayor o igual al 33%.

2.2 Para concurrir a la categoría de Arquitectura Técnica:

a. Formar parte del programa CONECTA by hna.
b. Haberse matriculado y estar efectivamente cursando el último curso de Arquitectura Técnica o grados de diferentes denominaciones pero idénticos efectos profesionales.
Se entiende por cursar el último curso estar matriculado/a en un máximo de 60 créditos ECTS, entre los que deben incluirse asignaturas obligatorias de cuarto curso, sin que haya ninguna asignatura necesaria para acabar la carrera pendiente de matricular o de haber sido cursada y aprobada por el/la estudiante.
c. En el caso de optar a una beca para estudiantes con discapacidad, la persona candidata debe presentar un grado de discapacidad reconocido oficialmente mayor o igual al 33%.

2.3. Para concurrir a la categoría de Química:

a. Haberse matriculado y estar efectivamente cursando el último curso de un grado universitario fundamentado en la Química, siempre y cuando la titulación cursada permita la colegiación de la persona titulada en el Colegio de Químicos del ámbito territorial en el que vaya a desarrollar su actividad. A título enunciativo, pero no limitativo, se consideran titulaciones fundamentadas en la Química:

  • Grado en Química.
  • Grado en Bioquímica.
  • Grado en Ingeniería Química.
  • Grado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos.
  • Grado en Ciencias Ambientales.
  • Grado en Biotecnología.
  • Grado en Ciencias del Mar.

Se entiende por cursar el último curso estar matriculado/a en un máximo de 60 créditos ECTS, entre los que deben incluirse asignaturas obligatorias de cuarto curso, sin que haya ninguna asignatura necesaria para acabar la carrera pendiente de matricular o de haber sido cursada y aprobada por el/la estudiante.
b. En el caso de optar a una beca para estudiantes con discapacidad, la persona candidata debe presentar un grado de discapacidad reconocido oficialmente mayor o igual al 33%.

PROCESO DE SOLICITUD

PROCEDIMIENTO

El proceso de selección, concesión y desarrollo de las ayudas se ajustará a las siguientes fases:

1. Publicación y difusión de la convocatoria.
2. Recepción de las candidaturas y preselección de aquellas que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
3. Comprobación de la documentación.
4. Adjudicación de las plazas según el orden de prelación establecido por los factores económicos, académicos y personales del solicitante.
5. Selección de dos suplentes.
6. Comunicación a las personas beneficiarias de la ayuda por correo electrónico y publicación de la resolución en la página web de la Fundación.
7. Comunicación por correo electrónico a aquellas personas que no han sido beneficiadas con la beca.
8. Gestión del pago de la ayuda.

CALENDARIO

La presente convocatoria estará abierta entre el 6 de mayo y el 14 de junio de 2025, ambos inclusive, no pudiéndose aportar documentación complementaria después de esa fecha, excepto a petición de la comisión evaluadora del programa constituida en el seno de la Fundación hna.

La comisión fallará la asignación de las becas durante el mes de julio de 2025 produciéndose la asignación económica durante el mes de julio del mismo año.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

1. Solicitud cumplimentada según el modelo disponible en este apartado.
2. Fotocopia del DNI (en formato pdf).
3. Declaraciones de la Renta de las Personas Físicas 2023 de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar. En el caso que alguno de los miembros no realice declaración, es obligatorio aportar el Certificado de Imputaciones del IRPF del año anterior, a solicitar a la Agencia Tributaria. Si la declaración es conjunta, no será necesario aportar el Certificado de Imputaciones. Si se presenta la declaración individual de uno de los progenitores, obligatoriamente se ha de presentar la declaración individual del otro progenitor o, en su defecto, el Certificado de Imputaciones del IRPF en la casilla correspondiente. No será de aplicación en el caso de familias con un único progenitor residiendo en la vivienda. En el caso de que no aparezcan los miembros computables en la declaración de la renta, será necesario también presentar Certificado del padrón.
Aquellas personas que justifiquen una situación de independientes deberán justificarla mediante documentación (titularidad o alquiler de su domicilio habitual, así como que cuentan con medios económicos propios suficientes que permitan dicha independencia) y deberán aportar su declaración de renta o en su defecto el Certificado de Imputaciones del IRPF.
4. Matrícula del curso 2024 – 2025 o 2025-2026 en los estudios universitarios objeto de esta convocatoria.
5. Certificación académica completa donde consten las calificaciones obtenidas en el grado en cada una de las asignaturas ya cursadas y la convocatoria en que se han obtenido. En el caso del grado en arquitectura se adjuntará, asimismo, la nota media del grado.
6. En el caso de matrícula parcial, ha de aportarse también certificación académica donde conste de manera clara el total de los créditos matriculados y el total de los créditos aprobados en el curso académico anterior, así como sus calificaciones.
7. En su caso, certificado de discapacidad emitido por una entidad legalmente competente a tal efecto.
8. En caso de circunstancias excepcionales sobrevenidas que pudieran afectar a la renta familiar disponible tras la última declaración de la renta, el/la estudiante podrá presentar los documentos acreditativos que considere pertinentes, así como una carta explicativa de una extensión máxima de un folio.
9. Declaración responsable de la persona candidata en la que especifique que se encuentra efectivamente cursando los estudios matriculados y para los que se solicita la beca, así como sobre si es acreedor/a o no de otras becas o ayudas, públicas o privadas, destinadas a financiar, en todo o en parte, el coste de la matrícula u otros gastos relacionados con la realización de estos estudios. En su caso deberá especificar la entidad convocante y cuantía de la misma.
10. El candidato o candidata deberá acreditar el abono de la matrícula mediante la presentación del correspondiente comprobante de pago. En caso de las becas para personas con discapacidad, y si la cuantía de la beca excede los gastos abonados de matrícula, la persona beneficiaria deberá justificar, previamente al abono de la beca, gastos en materiales útiles para sus estudios hasta completar la cuantía de la ayuda.


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CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El cumplimiento de los requisitos para solicitar una beca no supone su obtención. Fundación hna constituirá una comisión evaluadora que analizará las solicitudes recibidas y decidirá la concesión de la beca. La comisión podrá solicitar información complementaria cuando lo considere preciso. Contra la decisión final de la comisión evaluadora no cabe recurso.

En caso de presentarse mayor número de solicitudes válidas que de becas, una comisión evaluadora constituida en el seno de la Fundación hna tendrán en cuenta los siguientes criterios de primacía, por este orden:

1. Mayor grado de discapacidad.
2. Mejor expediente académico.
3. Menor renta familiar.
4. Gravedad de las circunstancias extraordinarias sobrevenidas según el criterio de la comisión que pudieran variar significativamente la renta familiar acreditados documentalmente.
5. Si el candidato es acreedor de otras becas y ayudas, así como en su caso su cuantía.

(Ver umbrales de renta en apartado de ANEXO)

PAGO DE LA BECA

Una vez resuelta la convocatoria y aceptada la beca por parte de la persona beneficiaria, la ayuda se ingresará en un único pago en la cuenta bancaria que será proporcionada por la persona beneficiaria de la ayuda.

En el caso de matrícula inferior a 60 créditos ECTS, se abonará la cuantía completa de la beca si la persona beneficiaria cursa asignaturas en ambos semestres, y el 50% de la beca correspondiente en caso de que todas las asignaturas matriculadas se agrupen en un solo semestre, a excepción de los/las estudiantes con discapacidad que, en atención a sus necesidades específicas, podrán haberse matriculado de 30 o más créditos ECTS sin que esto suponga minoración de la cuantía de la beca concedida.

Para poder hacer efectiva la ayuda concedida, el/la estudiante debe haber abonado totalmente su matrícula del curso 2024/2025 o 2025/2026, según su situación, y haber presentado el o los comprobantes de pago tal como se explicita en la base cuarta.10.

ANEXOS

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